
Certificados Energéticos
13-03-2018 | 16:03
A continuación respondemos a algunas preguntas claves sobre el proceso de certificación energética:
1.- ¿Qué es la certificación energética?
Se trata de un certificado por el que se verifican las características energéticas, obteniendo así una calificación energética.
2.- ¿Es obligatoria la certificación energética?
Sí, El RD 235/2013 de 5 abril, exige dicho certificado al propietario de un edificio, vivienda o local que vaya a ser vendido o arrendado. También es exigible a los edificios de nueva construcción. Además, la etiqueta de eficiencia energética debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda o local. Las inmobiliarias deberán exhibir la etiqueta energética en sus anuncios. El incumplimiento de estos preceptos será considerado una infracción sancionable.
3.- ¿Qué contiene un certificado de Eficiencia Energética?
Ha de contener como mínimo:
- Identificación del edificio o parte del mismo incluyendo su referencia catastral
- Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la certificación
- Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de su construcción
- Descripción de las características energéticas del edificio: envolvente térmica e instalaciones (térmicas, iluminación, condiciones normales de funcionamiento, ocupación, calidad del aire y demás datos)
- La calificación energética de la entidad expresada mediante etiqueta energética
4.- ¿Se deben certificar también los locales comerciales?
SÍ, el Real Decreto no distingue entre viviendas y locales comerciales. Sólo se exceptúan los edificios industriales y los locales que tengan menos de 50 metros cuadrados o que se alquilen por menos de 4 meses.
5.- ¿Qué técnicos realizan la certificación energética?
La normativa establece que los Ingenieros de la rama Industriales pueden realizar los certificados energéticos. Un ingeniero industrial proyecta y dirige instalaciones eléctricas, de calefacción y refrigeración, por lo que está altamente cualificado para realizar certificaciones energéticas.
Además de los ingenieros de la rama industrial, están capacitados los arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros de otras ramas y otros técnicos de formación profesional, estos últimos en calidad de técnicos ayudantes.
6.- ¿Qué aporta el certificado?
El certificado permitirá determinar la calidad de la vivienda desde un punto de vista de ahorro energético. La etiqueta energética clasifica los edificios desde la A (Favorable) a G(Desfavorable).
Un buen certificado permitirá detectar donde se producen los gastos innecesarios en instalaciones debidos a malas condiciones de la vivienda o instalaciones, permitiendo al propietario aumentar la calidad de la vivienda que desea vender o alquilar. Los inquilinos o nuevos propietarios podrían beneficiarse de ahorros de hasta el 31%.
7.- ¿Cuál es el coste de certificar una vivienda?
Cada empresa o profesional puede ofrecer libremente tarifas para certificar viviendas. El precio dependerá de lo que le ofrezca el profesional que realiza el estudio. Si se quiere obtener una buena estimación del gasto anual en energía así como el estudio de la inversión que sería necesaria para conseguir ahorro energético y por tanto económico,contacte con nosotros. No obstante el importe variará en función de otros factores como la complejidad de las instalaciones, los metros cuadrados, o la documentación que se aporte sobre la propiedad.
8.- ¿Qué validez tiene el certificado?
El certificado tiene una validez de 10 años, por lo que su repercusión anual es muy baja. Los potenciales ahorros a obtener superan con creces el coste del certificado.
9.- ¿Pueden exigir los inquilinos el certificado a los propietarios?
Si la vivienda no está exenta de su cumplimiento, el propietario tiene la obligación de tener dicho certificado. Cualquier persona o asociación de consumidores le podría denunciar por incumplimiento.
10.- ¿Dónde se llevará el registro de las viviendas certificadas?
Las Comunidades Autónomas dispondrán de un registro de viviendas certificadas, y serán estas las que harán la labor de inspección y sanción.
11.- ¿Existirán sanciones si no se dispone del certificado?
No tener el certificado implica una infracción en materia de consumidores y usuarios, así como una infracción en materia de certificación de eficiencia energética.
Las sanciones pueden ser de hasta 600.000 euros, en función su gravedad.
Puesto que la etiqueta energética debe incorporarse a toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler, se podría sancionar a propietarios o a inmobiliarias.